Política de reglas de conducta
(Rules of Conduct Policy)


El patronato ha establecido las siguientes reglas de conducta con la finalidad de proteger los derechos y la seguridad de los usuarios y del personal de la biblioteca, así como de preservar y proteger los materiales, el equipamiento y los bienes de la biblioteca. El patronato se compromete a brindar a todos los usuarios un ambiente agradable en la biblioteca y a capacitar al personal para que les preste una atención de calidad.

Cuando use los servicios de la biblioteca:

  • Espere recibir un trato justo, cortés y equitativo.
  • Por favor pida ayuda al personal; su tarea es asistirle.
  • Por favor pida acomodo físico o asistencia física cuando los necesite para que pueda gozar plenamente de los servicios de la biblioteca.
  • Por favor aporte sus sugerencias sobre lo que podemos hacer para mejorar nuestros servicios, las colecciones y las instalaciones y sírvase comunicar sus inquietudes al personal de la biblioteca.
Cuando usted utilice la biblioteca, esperamos que:

  • Respetará las políticas y los procedimientos legalmente establecidos con respecto al uso de los servicios de la biblioteca.
    Entre los ejemplos se hallan, aunque no de forma exclusiva: la política de Acceso a Información Electrónica; la política sobre el uso público de las instalaciones de la biblioteca para la expresión de opiniones (Library Premises, Expression of Opinion On); y la política de salas de reuniones para el uso del público (Meeting Rooms, Public Use Of). Las reglas relativas a la comida y bebida en la biblioteca, así como al uso de patinetas (skateboards) en la propiedad de la biblioteca son a discreción del bibliotecario de la comunidad a cargo de cada local.
  • Será considerado con los demás.
  • Respetará los derechos y la privacidad de los otros usuarios y del personal de la biblioteca.
  • Será responsable de los materiales que elijan sus hijos menores de edad.
  • Será responsable de la seguridad, del bienestar y de la conducta de los niños o de otros dependientes a su cargo. Los niños pequeños deberán permanecer, en todo momento, bajo la supervisión de un adulto o de un familiar responsable. El personal de la biblioteca no puede hacerse responsable de los niños.
Se prohibe lo siguiente:

  1. Participar o tratar de participar en actividades que violen cualquier estatuto u ordenanza federal, estatal o local.
  2. Participar en actividades de índole sexual.
    Entre los ejemplos se hallan, aunque no de forma exclusiva: exhibición impúdica, masturbación o contacto físico excesivo que otros consideren ofensivo.
  3. Estar bajo la influencia de cualquier sustancia controlada o licor embriagante.
  4. Tener en su posesión, vender, distribuir o consumir cualquier tipo de bebida alcohólica, salvo cuando se participe en un evento organizado por la biblioteca para el cual se haya autorizado de antemano el consumo de alcohol.
  5. Emplear los recursos electrónicos de la biblioteca para acceder a expresiones que no estén amparadas por la constitución, la diseminación y la impresión de éstas, así como en violación de las leyes de los derechos de autor o de la Política de Acceso a Información Electrónica. Es responsabilidad del usuario cumplir con esta regla o, en el caso de menores de edad, es responsabilidad tanto del usuario como del padre o tutor.
  6. Participar en actividades o comportamientos ruidosos, perturbadores, destructivos o peligrosos que interfieran, de forma considerable, con el uso de la biblioteca por parte de otras personas, o con la habilidad del personal de la biblioteca de cumplir con sus obligaciones.
    Entre los ejemplos se hallan, aunque no de forma exclusiva: el uso perturbador de radios, reproductores de CD, teléfonos celulares u otros dispositivos electrónicos; trepar, correr u obstruir los pasillos; colocar objetos personales sobre o contra edificios, muebles, equipamiento o enseres de modo que interfieran con el uso de la biblioteca; hacer bulla, tirar cosas, empujar o escupir; utilizar indebidamente los bienes de la biblioteca o los servicios higiénicos (entre los ejemplos se hallan, aunque no de forma exclusiva: bañarse, rasurarse o lavarse el cabello); e invadir las áreas de trabajo del personal o el uso no autorizado de los recursos del mismo.
  7. Mostrar un comportamiento amenazador u hostigador (tal como acoso sexual), o provocar daños físicos, en persona o a través de algún medio de comunicación. El comportamiento hostigador o acosador se refiere al tipo de comportamiento intencional y/o repetitivo que no es bien recibido o que crea un entorno hostil en las instalaciones de la biblioteca o en comunicación (por ejemplo, teléfono, correo electrónico, fax, escritos) con el personal o con los usuarios de la biblioteca.
    Entre los ejemplos se hallan, aunque no de forma exclusiva: blandir un arma, el acoso verbal o físico, hacer comentarios o gestos amenazadores, acechar o seguir a una persona o no quitarle los ojos de encima, comportamiento lascivo, mostrar fotos u otros materiales a personas sin su permiso o emplear un lenguaje de carácter amenazador, hostil o abusivo.
  8. Fumar o el uso de tabaco en las instalaciones de la biblioteca o a menos de 25 pies de distancia de cualquier entrada o ventana abierta, en conformidad con el código RCW 70.160.
  9. Destruir, dañar o mutilar las instalaciones, los materiales, el equipo o el software de la biblioteca o utilizarlos de manera que pueda producir lesiones.
    Entre los ejemplos se hallan, aunque no de forma exclusiva: dañar los sistemas informáticos, interferir con ellos o alterar su funcionamiento normal; añadir, borrar o modificar archivos o información y/o hardware que pertenezca a la biblioteca o a otros usuarios; escribir en los materiales de la biblioteca o dañarlos; manipular indebidamente o mutilar los bienes de la biblioteca.
  10. Traer animales —salvo animales de asistencia— a la biblioteca, a menos que se haya obtenido permiso del personal autorizado de la biblioteca para hacerlo.
  11. Rehusarse a seguir las indicaciones del personal de la biblioteca.
  12. Solicitar, peticionar o distribuir materiales escritos o solicitar votos o fondos para fines políticos, caritativos o religiosos dentro de las instalaciones de la biblioteca, o en la propiedad de la biblioteca de manera que interfiera, de forma poco razonable, con el acceso a la biblioteca u obstruya el mismo.
  13. Utilizar la tarjeta de la biblioteca de otra persona para acceder a Internet o usar más de una hora de acceso a Internet al día.
  14. Ver pornografía por Internet en la biblioteca.
  15. Interferir con el uso de las computadoras de la biblioteca por parte de otras personas, tal como controlar lo que ven o tomar información de la pantalla en que se encuentra otro usuario.
  16. Hacer un número excesivo de impresiones.
  17. Utilizar la biblioteca como dormitorio.
  18. La presencia de un menor no supervisado o que parezca no estarlo (de menos de 18 años de edad) en cualquier parte de la biblioteca si la seguridad, el bienestar, la comodidad o el comportamiento del menor pudiese resultar problemático. Los padres y tutores legales son responsables de sus hijos menores de edad cuando éstos se encuentren en las instalaciones y propiedad de la biblioteca.
  19. Entrar a las instalaciones de la biblioteca con los pies descalzos o el pecho descubierto, en conformidad con el código RCW 27.12.290.
  20. Incomodar a otras personas debido a un olor corporal ofensivo, en conformidad con el código RCW 27.12.290.
Consecuencias del quebrantamiento de las reglas de conducta

  • Se pedirá a las personas que muestren una conducta no aceptable que modifiquen su comportamiento o que se retiren de las instalaciones.
  • La falta de cooperación podría suponer el retiro de las instalaciones y/o la restricción de privilegios bibliotecarios, así como la descontinuación de conversaciones telefónicas.
  • El quebrantamiento de las reglas de conducta podría traducirse en la denegación del ingreso, por parte de la biblioteca, a sus instalaciones durante el periodo que determine el personal de la biblioteca.
  • En el caso de comportamiento amenazador o de actividades ilegales, se llamará a la policía.
  • Toda persona que quebrante las reglas 1-4 mientras se encuentre en las instalaciones de la biblioteca, podría quedar inmediatamente excluida de todos los locales de FVRL sin advertencia previa. La persona que quede excluida perderá todo privilegio bibliotecario hasta de por vida, y el incidente podría ser reportado a la agencia de cumplimiento de la ley pertinente.
  • En el caso de quebrantarse las reglas 5-16, el personal dará, a discreción propia, hasta una advertencia, y la persona en falta podría quedar excluida hasta por un año.
  • En el caso de quebrantarse las reglas 17-18, la persona en falta recibirá hasta dos advertencias, a discreción del personal, y podría pedirse a los infractores que salgan de la biblioteca por el día. Las ofensas subsiguientes podrían dar pie a la evacuación inmediata y exclusión de todos los locales de FVRL, así como la pérdida de todos los privilegios bibliotecarios por un periodo de hasta seis meses.
  • En el caso de quebrantarse las reglas 19-20, se excluirá a la persona en falta de todos los locales de FVRL hasta que se corrija el problema.
Derechos de apelación
Se espera que todo el personal de la biblioteca aplicará la política de la biblioteca de manera justa, razonable y positiva. Los usuarios de la biblioteca que pongan en tela de juicio la manera en que se ha aplicado las políticas de la biblioteca, pueden emplear el proceso de apelación que se describe en el documento sobre los derechos de apelación de los usuarios (Appeal Rights of Patrons) de la biblioteca.

Autorización
Las reglas de conducta de la biblioteca FVRL serán ejecutadas por el bibliotecario de la comunidad a cargo de cada local o por la persona que éste designe.

La presente política se sustenta en las partes siguientes del código modificado de Washington: RCW 27.12.210 (2); RCW 27.12.270; RCW 27.12.290; y RCW 27.12.330.

Aprobada por el patronato: Política original 13 DIC 93
Modificada: 12 JUN 00
Modificada: 11 ABR 06